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MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL ÓRGANO SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA  OSFE-MO-02-2020

     ejercicio de sus funciones, respetando en todo momento los principios
     de legalidad, definitividad, imparcialidad y confiabilidad, sujetándose
     a las leyes respectivas y a las formalidades establecidas para los cateos,
     suscribiendo las actas circunstanciadas correspondientes y mantener
     informado a su superior jerárquico.

27.	 Vigilar que el personal comisionado que hubiera intervenido en las visitas,
     inspecciones y verificaciones que le instruya su superior jerárquico den
     cumplimiento a las actividades que les fueron asignadas, de conformidad
     con los procedimientos establecidos y la normatividad aplicable.

28.	 Someter a consideración de su superior jerárquico la procedencia de
     eliminar, rectificar o ratificar los resultados finales y observaciones
     preliminares.

29.	 Elaborar los proyectos de requerimiento de información para la
     formulación del informe de resultados.

30.	 Elaborar los proyectos de informes individuales e informes específicos
     derivados de situaciones excepcionales; así como participar en la
     elaboración del informe de resultados derivado de la fiscalización de las
     Cuentas Públicas Municipales.

31.	 Elaborar los oficios para envío de los informes individuales y específicos a las
     entidades fiscalizadas, así como para la entrega del informe de resultados
     al Congreso del Estado.

32.	 Elaborar e integrar los proyectos de pliegos de observaciones, determinando
     en cantidad líquida los daños o perjuicios o ambos a la Hacienda Pública.

33.	 Elaborar y remitir a su superior jerárquico la promoción de la facultad
     de comprobación fiscal, cuando derivado de la revisión y fiscalización se
     detecte un posible incumplimiento de carácter fiscal.

34.	 Integrar la información que le requiera su superior jerárquico para su
     remisión a los órganos internos de control de las entidades fiscalizadas,
     con motivo de intercambio institucional.

35.	 Coordinar y revisar la integración de los expedientes de seguimiento,
     vigilando la elaboración de los papeles de trabajo que deriven del análisis a
     la documentación e información presentada por las entidades fiscalizadas

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