Page 202 - Manual de Organización 2020
P. 202

MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL ÓRGANO SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA  OSFE-MO-02-2020

Atribuciones:
Las atribuciones generales del Auditor Especial de Seguimiento e Investigación
a Entidades Estatales se establecen en los artículos 9 y 10, y las específicas en el
artículo 14 del Reglamento Interior del Órgano Superior de Fiscalización.

Funciones:

 1.	 Suplir en sus ausencias al Titular, de conformidad con lo establecido en
       la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de
       Oaxaca y el Reglamento Interior del Órgano Superior de Fiscalización.

 2.	 Informar al Titular sobre las actividades asignadas, así como de los asuntos
       de su competencia.

 3.	 Coordinar y supervisar la planeación, programación y ejecución de los
       programas aprobados por el Titular, así como las actividades de las
       direcciones y unidades administrativas a su cargo para su cumplimiento.

 4.	 Coordinar y asesorar a las direcciones a su cargo, en el trámite y resolución
       de los asuntos de su competencia.

 5.	 Certificar la documentación que le sea requerida y que obren en sus archivos,
       observando las disposiciones jurídicas en materia de transparencia, acceso
       a la información y protección de datos personales.

 6.	 Colaborar en la formulación de estudios, opiniones, análisis, informes y
       demás documentos que le sean encomendados.

 7.	 Llevar a cabo las comisiones que el Titular, le encomiende y mantenerlo
       informado sobre el desarrollo de las actividades.

 8.	 Promover y vigilar el cumplimiento a las disposiciones normativas
       aplicables a su operación, y en su caso, presentar y proponer al Titular las
       modificaciones que considere convenientes.

 9.	 Someter a consideración del Titular la capacitación y actualización del
       personal que tenga adscrito, y realizar la evaluación de su desempeño
       conforme a las políticas y procedimientos establecidos en el Órgano Superior
       de Fiscalización.

202
   197   198   199   200   201   202   203   204   205   206   207