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INTRODUCCIÓN


Que el comportamiento epidemiológico del “COVI-19”
en nuestro país y particularmente en el Estado de Oaxaca, es 05
un proceso dinámico.


Que la vigilancia de dicho comportamiento podía
implicar la activación de las estrategias para dar continuidad
operativa a las áreas -sustantivas y administrativas- en etapas
subsecuentes derivadas de la evolución del “COVID-19”,
previstas en los Lineamientos técnicos de seguridad sanitaria
en el entorno laboral publicadas por el Gobierno Federal.


Que las actividades que realiza el Órgano Superior
de Fiscalización del Estado de Oaxaca, resultan esenciales
respecto de la vigilancia en el uso de los recursos públicos
que son administrados por los entes estatales y municipales,
de lo cual éstos son responsables de su aplicación y
manifestación de resultados, por lo que las áreas de auditoría
se ven impedidas de acuerdo con sus atribuciones a dar
cumplimiento estricto al programa anual considerado.


Que, en virtud de lo anterior, resulta necesario
implementar acciones al interior del OSFE, tendientes a
procurar la salud de sus trabajadores, así como de las instancias
públicas y privadas que acuden a sus instalaciones, entre
las cuales se encuentra la activación de recomendaciones
para dar continuidad operativa a las áreas sustantivas y
administrativas del OSFE, por etapas subsecuentes derivadas
de la evolución del “COVID-19”, previstas en la Guía de Acción
para los Centros de Trabajo ante el COVID 19 publicada el 20
de marzo de 2020, que incorpora las recomendaciones de la
Secretaría de Salud publicadas en el DOF los días 24 y 31 de
marzo, así como el acuerdo de modificación de fecha 21 de
abril de 2020.












ÓRGANO SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
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