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correspondiente, que una vez recepcionado, deberá establecerse la contraseña de
acceso del Ayuntamiento, o en su caso, la del Concejo Municipal.


El correo electrónico oficial del Tesorero Municipal; o en su caso, el del Tesorero del
Concejo Municipal, es el medio de comunicación, con respecto del soporte técnico
entre la Comisión de Hacienda y la Unidad.

TRIGÉSIMO SEGUNDO.- El Tesorero Municipal; o en su caso, el Tesorero del Concejo
14 Municipal, con el usuario y contraseña del Ayuntamiento, o en su caso, del Concejo
Municipal, será el responsable del uso y administración del Módulo de Sistema Municipal
de Contabilidad Armonizada, por lo cual, tiene la obligación de realizar los registros de
la información requerida por los apartados de dicho módulo.

TRIGÉSIMO TERCERO.- El adecuado procedimiento del registro de la información en
cada uno de los apartados del Módulo de Sistema Municipal de Contabilidad Armonizada,
contribuirá a generar en tiempo las Obligaciones Municipales del Ayuntamiento; o en
su caso, del Concejo Municipal.

TRIGÉSIMO CUARTO.- Una vez generada la información financiera en el apartado de
Contabilidad, el Tesorero Municipal; o en su caso, el Tesorero del Concejo Municipal, la
enviará al apartado de Envío de Obligaciones Municipales.


TRIGÉSIMO QUINTO.- La información registrada en los apartados del Módulo de
Sistema Municipal de Contabilidad Armonizada, es responsabilidad del Ayuntamiento
y Tesorero Municipal; o en su caso, del Concejo Municipal y de su Tesorero.



CAPÍTULO V
MÓDULO PARA EL ENVÍO DE OBLIGACIONES MUNICIPALES


Sección Primera.
Apartado de Proceso de Registro de Identifcaciones
y Acreditaciones de Autoridades Municipales.

TRIGÉSIMO SEXTO.- En este apartado se registran los datos generales del Municipio, así
como los de identificación de los integrantes del Ayuntamiento o del Concejo Municipal
que conforman la Comisión de Hacienda; y de los Servidores Públicos Municipales, para
efectos del registro y resguardo de las identificaciones y acreditaciones de Autoridades
Municipales.

TRIGÉSIMO SÉPTIMO.- Este apartado será administrado por la Dirección de Planeación
del OSFE.

TRIGÉSIMO OCTAVO.- La captura de los datos del registro y resguardo de las
identificaciones y acreditaciones de las Autoridades y Servidores Públicos Municipales,
debe efectuarse a través de la cédula de pre-registro de este apartado. El cambio o
actualización de datos debe solicitarse ante la Dirección de Planeación del OSFE.





LINEAMIENTOS PARA LA UTILIZACIÓN DEL SiMCA ULTRA
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