Page 236 - Manual de Organización 2020
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MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL ÓRGANO SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA  OSFE-MO-02-2020

11.	 Instruir, supervisar y participar en las acciones necesarias para
     cumplir con las disposiciones jurídicas aplicables en las materias de
     transparencia, acceso a la información pública y protección de datos
     personales, así como de clasificación, conservación, guarda y custodia
     de los archivos a su cargo.

12.	 Observar en el ejercicio de sus funciones las normas del Sistema Nacional
     de Fiscalización, así como los procedimientos que regulan la práctica de
     auditoría gubernamental.

13.	 Proporcionar conforme a su atribución y de acuerdo a las políticas y
     normas establecidas en la materia, la información, documentación, datos,
     informes, asesorías o cooperación técnica que les requieran otras unidades
     administrativas.

14.	 Analizar y coordinar la atención de las solicitudes de información que le
     sean turnadas.

15.	 Elaborar los documentos que en el ámbito de sus atribuciones deban
     turnarse para firma del Titular y ponerlos a consideración de su superior
     jerárquico para validación.

16.	Elaborar y rendir a su superior jerárquico, la información para la
     integración de los informes trimestrales y anual de actividades, así como
     el estado de avance y cumplimiento del Programa Anual de Actividades
     de la unidad administrativa a su cargo.

17.	 Recibir los resultados finales y observaciones preliminares que deriven de
     la revisión y fiscalización de la Cuenta Pública y situaciones excepcionales,
     para su trámite correspondiente.

18.	 Instruir la integración de los expedientes de seguimiento derivados de las
     auditorías realizadas con motivo de la revisión y fiscalización de la Cuenta
     Pública Estatal, así como los que deriven de situaciones excepcionales.

19.	 Formular la programación de reuniones con las entidades fiscalizadas
     para darles a conocer los resultados finales y observaciones preliminares, y
     someterla a la autorización de su superior jerárquico.

20.	 Revisar y validar los oficios de cita a reuniones para la presentación
     de resultados finales y observaciones preliminares con las entidades
     fiscalizadas, y someterlo a autorización de su superior jerárquico.

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