Page 9 - Reglamento Interior ASFE 2023
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VIII.	 Recibir de la Comisión las Cuentas Públicas y los Informes de Avance de Gestión
       Financiera del Estado y Municipios para su revisión y fiscalización superior;

IX.	 Hacer efectivo el cobro de las multas, en los términos de la Ley y disposiciones legales que
       resulten aplicables;

X.	 Expedir la política de remuneraciones, prestaciones y estímulos del personal de confianza
       de la Auditoría Superior, conforme a las leyes aplicables;

XI.	 Elaborar para su envío a la Comisión el plan estratégico de la Auditoría Superior;

XII.	 Presentar a través de la persona titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Auditoría
       Superior, el recurso de revisión administrativa respecto de las resoluciones que emita el
       Tribunal;

XIII.	 Recurrir, a través de la persona titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Auditoría
       Superior, las determinaciones del Tribunal y de la Fiscalía Especializada, en términos de las
       disposiciones legales aplicables;

XIV.	 Transparentar y dar seguimiento a todas las denuncias, quejas, solicitudes, y opiniones
       realizadas por los particulares o la sociedad civil organizada, salvaguardando en todo
       momento los datos personales;

XV.	 Ordenar que se elaboren estudios y análisis, en materia de fiscalización superior y
       difundirlos mediante su publicación, en el portal o página de internet de la Auditoría
       Superior;

XVI.	 Promover el Juicio de Amparo a través de la persona titular de la Unidad de Asuntos
       Jurídicos de la Auditoría Superior;

XVII.	 Substanciar a través de las áreas administrativas que determine el presente Reglamento
       Interior de la Auditoría Superior, el procedimiento de Fiscalización Superior en términos de
       la Ley;

XVIII.	Suscribir las identificaciones de las personas servidoras públicas de la Auditoria Superior;

XIX.	 Establecer políticas de disciplina financiera para la optimización de los recursos asignados
       en el Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca anualmente;

XX.	 Supervisar que las áreas administrativas integren los informes que se establecen en la Ley,
       Ley de Contabilidad, y demás disposiciones aplicables;

XXI.	 Recibir los informes de la Unidad de Asuntos Jurídicos relativos a los actos y
       procedimientos para el cobro de multas impuestas a los servidores públicos de las
       entidades fiscalizables;

XXII.	 Proponer para valoración y aprobación del CEACO, información complementaria para la
       integración de la Cuenta Pública Estatal o Municipal; y,

XXIII.	Ejercer las atribuciones que corresponden a la Auditoría Superior en los términos de la
       Constitución Local, la Ley y demás disposiciones aplicables.

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