Page 12 - Reglamento Interior ASFE 2023
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Capítulo Tercero
                                                      De los Departamentos

Artículo 10. Son facultades y obligaciones comunes de las personas titulares de los Departamentos
adscritos a las diferentes áreas administrativas de la Auditoría Superior, las siguientes:

         I.	 Preparar e integrar para aprobación de su superior jerárquico las actividades y metas que
            integrarán el Programa Operativo Anual del área administrativa a su cargo;

        II.	 Actualizar y enviar a la Unidad de Transparencia y Gestión Documental permanentemente
            la información pública para cumplir con las obligaciones de transparencia, de conformidad
            con lo establecido en las leyes de la materia;

        III.	 Conservar y resguardar el archivo documental que obre en el área administrativa a su
            cargo, en términos de lo establecido en la Ley General de Archivos, Ley de Archivos para el
            Estado de Oaxaca, y demás disposiciones administrativas aplicables;

       IV.	 Realizar el resguardo de información protegida por la Ley de Protección de Datos
            Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Oaxaca;

        V.	 Integrar legajos de documentos que obren en sus archivos para certificación de la persona
            titular del área administrativa de su adscripción;

       VI.	 Realizar con oportunidad, diligencia, profesionalismo y ética las funciones que se le
            encomiendan en los manuales de organización, procedimientos, trámites y servicios de la
            Auditoría Superior;

      VII.	 Informar periódicamente de los asuntos y actividades realizadas por el área administrativa a
            su cargo;

      VIII.	 Ordenar, verificar y supervisar que sus subordinados cumplan con oportunidad, probidad,
            profesionalismo y ética las tareas encomendadas;

       IX.	 Evaluar al personal operativo a su cargo, en los formatos que para tal efecto señale la
            Dirección Administrativa;

        X.	 Acordar con su superior jerárquico el trámite y solución de los asuntos que se le
            encomienden;

       XI.	 Entregar a su superior jerárquico el informe trimestral de avance de metas aprobados en el
            Programa Operativo Anual;

      XII.	 Participar en representación de su superior, en reuniones de trabajo que se le instruya;

      XIII.	 Informar a su superior jerárquico sobre los hechos, actos u omisiones que puedan
            constituir delitos de las personas servidoras públicas realizados en el desempeño de sus
            funciones o en los que la Hacienda pública resulte ofendida; y,

     XIV.	 Las demás que le confiera este Reglamento y demás disposiciones normativas aplicables,
            así como las que expresamente le sean conferidas por su superior jerárquico.

                                                           Capítulo Cuarto
                                    De las personas servidoras públicas Auditoras

Artículo 11. Corresponde a las personas servidoras públicas Auditoras, en el ámbito de
competencia de la Dirección a la cual estén adscritas, las facultades siguientes:

         I.	 Realizar las auditorías y visitas domiciliarias para las cuales sean comisionadas,
            sujetándose a las disposiciones jurídicas aplicables;

    10 AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
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